Ley sobre impuesto a la renta. Art. 17° N° 22° ? Ley N° 18.175, Arts. 191°, 192° y 193°.
Aplicacion del art. 17° n° 22° de la ley de la renta a la situacion de quiebra a que se refiere el art. 191° de la ley n° 18.175 www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta, art. 17° N°9
Tributacion que afecta a ofrendas religiosas; no constituye renta para efectos tributarios las donaciones que reciban los donatarios, cualquiera que sea la calidad juridica de estos; ofrendas religiosas tienen calidad de una donacion. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta, arts. 31°, 33°; arts. 50° y 126° del Codigo Tributario
Honorarios boleteados por los socios de sociedades de profesionales por servicios prestados a sus respectivas sociedades, art. 42° n°2° de la ley de la renta comprende a las sociedades de profesionales; para la deduccion de los gastos les seran aplicables las normas que rigen en esta materia respecto de la primera categoria; socios de las sociedades de personas clasificadas en la primera categoria no pueden recibir remuneraciones producto de la prestacion de servicios personales a las propias sociedades de las cuales son sus propietarios o dueños. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta Art. 2°, N°3°, Art. 59° N° 1°, Art. 74° N° 4°, Art. 79°, Art. 82° - Circular N° 21, de 1991
Impuesto adicional del articulo 59 de la ley de la renta - procedencia en caso que opere la extincion de una obligacion por el modo dacion en pago normativa aplicable es un impuesto de retencion formas de percepcion de una renta - instrucciones en circular 21, de 1991. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta, Circular N° 29°, de 1999
Asociacion o cuentas en participacion personas que deben cumplir con las obligaciones tributarias relacionadas con el impuesto de primera categoria y ppm Circular n° 29, de 1999 establecio el nuevo tratamiento tributario para las rentas obtenidas por una asociacion o cuentas en participacion. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta, Art. 59°, Art. 74 N° 4°, Art. 79° - Decreto Ley N° 825, de 1974, Art. 12° Letra E), N° 7°.
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Ley de la Renta. Art. 74° N° 2°, Art. 78°, Art. 84° - Decreto Supremo N° 71°, del Ministerio de Educacion Publica, del 2000 . Art. 39° y Ss
Emision de boletas de honorarios fondo de proyectos de desarrollo artistico y cultural (fondart) reglamento contenido en Decreto Dupremo n° 71, del 2000 del ministerio de educacion publica. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta. Art. 17°N° 1°, Art. 29°- Ventas y Servicios
Aplicacion del iva. impuesto a la renta y credito especial del art. 21°, del decreto ley n° 910, de 1975 en venta y promesas de venta de inmuebles destinados a la habitacion no procede utilizar el credito especial del art. 21° - norma legal beneficia solo a la venta del bien inmueble construido por ella y no a la venta de los bienes corporales muebles con que este se equipe. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta. Art. 57° Bis N° 1° Letra a) del Anterior Texto - Ley N° 19.578, Art. 18°, de 1998. Circular N° 71, de 1998.
Cambio de sociedad anonima abierta a sociedad anonima cerrada acciones que pueden acogerse a normas del n° 1°, letra a) del anterior texto del art. 57° bis norma legal beneficio tributario de las acciones de pago continua vigente bajo condiciones dispuestas por el art. 18° de la ley n° 19.578. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
Ley de la Renta. Art. 29° al 33° . Art. 16° del Codigo Tributario.
Ajustes al resultado contable para los fines de la determinacion del resultado tributario contribuyentes en general estan facultados para contabilizar los ingresos y gastos que perciban bajo los principios y normas contables de general aceptacion. www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/..
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